
Autoconsumo y almacenamiento con energía renovable
Preguntas Frecuentes sobre Autoconsumo
¿Qué es el autoconsumo de energía eléctrica?
El autoconsumo es el consumo por parte de uno o varios consumidores de energía eléctrica proveniente de instalaciones de producción próximas a las de consumo y asociadas a los mismos. Fuente: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
¿Cuál es la potencia máxima que se puede instalar para el autoconsumo?
La normativa actual del sector eléctrico no impone ninguna restricción específica de potencia máxima, dejando como únicas limitaciones aquellas relacionadas con las características de la instalación y los requisitos establecidos en las normas de calidad y seguridad industrial. Fuente: Ministerio para la Transición Ecológica.
¿Se puede vender la energía excedentaria del autoconsumo?
Sí, la energía excedentaria puede venderse. Para su venta, deberá estar acogido a la modalidad de suministro con autoconsumo con excedentes no acogida a compensación, y le serán de aplicación las mismas normas que a cualquier planta de producción de energía eléctrica. Fuente: Ministerio para la Transición Ecológica.
¿Se puede realizar autoconsumo colectivo en una comunidad de vecinos?
Sí. Se ha regulado el autoconsumo colectivo, de tal forma que varios consumidores puedan asociarse a una misma planta de generación. Es especialmente útil en comunidades de vecinos con instalación fotovoltaica compartida en la cubierta del edificio. El reparto de la energía se realiza según los porcentajes acordados entre los participantes. Fuente: Real Decreto 244/2019.
¿Qué modalidades de autoconsumo existen?
Las modalidades de autoconsumo se establecen en el artículo 9 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y el artículo 4 del Real Decreto 244/2019: autoconsumo sin excedentes (con limitador de inyección, los excedentes no se vierten a la red) y autoconsumo con excedentes (los excedentes se vierten a la red y pueden ser compensados económicamente en la factura eléctrica).



